15 de July del 2019

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Asociación de Jueces del Paraguay se reúne con Ministro de la C.S.J. para insistir en las necesidades de la magistratura en pos de mejorar el sistema de justicia en nuestro país

La AJP por intermedio de miembros de la Comisión Ejecutiva encabezados por su titular, el Dr. Delio Vera Navarro, visitaron el lunes 15 de julio de 2019, al ministro de la C.S.J., Prof. Dr. Alberto Martínez Simón, para insistir en varios puntos que hacen al ejercicio de la magistratura en nuestro país y que requieren de una revisión urgente.

El servicio de justicia recae primordialmente en la figura del magistrado por lo que los jueces llevan varios años en la lucha por alcanzar un reconocimiento real de lo que implica impartir justicia, y por lograr la necesaria independencia. Los jueces se ven obligados a peticionar a las máximas autoridades de la Corte Suprema de Justicia su intervención para que sus necesidades sean escuchadas en procura de un mejor ejercicio de sus funciones. Estos son algunos de los temas conversados con el ministro:

CONFIRMACIÓN DE JUECES QUE CONCURSAN POR EL CARGO: Contribuir en la elaboración de indicadores a tenerse en cuenta para evaluar la gestión con parámetros o fundamentos claros, para la confirmación o no de los Jueces.

DERECHO JUBILATORIO: Incertidumbre en el tema de la Jubilación ya que se empezó a aplicar la ley que rige para funcionarios públicos en lugar del Decreto Ley 23/54, con lo que se produjo una merma importante en el monto a percibir.

PRESUPUESTO ANUAL: Solicitamos la designación de 2 representantes de la AJP que acompañen desde el inicio los trabajos de análisis del mismo a fin de aportar ideas y necesidades que beneficien a los integrantes del gremio.

SANCIONES Y OPORTUNIDAD DE SER OIDOS: Antes de iniciar de oficio una investigación a jueces cuestionados en su labor, consideramos necesario que sean escuchados por los miembros de la Corte Suprema de Justicia.

JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS: Preocupación con relación a las denuncias planteadas ante la JEM que en la mayoría de los casos son infundadas y utilizadas como un mecanismo para separar al Juez interviniente de la causa.

Solicitamos además que las resoluciones pendientes de decisión se expidan en un plazo razonable ya que debido a la demora se genera un ambiente de incertidumbre que atenta contra la independencia de los mismos.

REMUNERACIÓN DEL 50% A LOS JUECES SUSPENDIDOS: La medida de suspensión sin remuneración es una disposición grave para el Juez porque además de verse privado a su salario también se halla privado de la posibilidad de realizar actividades que le permitan honrar sus compromisos.

INAMOVILIDAD: Remarcamos la necesidad de emitir resoluciones a las solicitudes de colegas que han cumplido con los requisitos legales y constitucionales y que a la fecha se encuentran pendientes